La Junta de Andalucía ya ha abierto el plazo para solicitar las subvenciones individuales de personas mayores (línea 1) y personas con discapacidad (línea 2) que se dividirán en las siguientes 2 líneas.

Línea 1. Subvenciones individuales de personas mayores

Esta subvención se dirige a personas mayores para que puedan adquirir, renovar y reparar prótesis y órtesis dentales, así como la preparación de estas, es obligatorio que estos estén incluidos en el presupuesto a pedir.

Requisitos

Los beneficiarios de esta subvención tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber sido beneficiario/a el año anterior.
  • Disponer de un presupuesto cierto.
  • Que los ingresos de renta no superen, 9885,75 € / Año.
  • Tener 65 o más años.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

Documentación a aportar

Los beneficiarios tendrán que aportar la siguiente documentación:

  • Certificación Bancaria o Documento acreditativo de la titularidad cuenta bancaria.
  • Documento de Mantenimiento de Terceros de la Delegación de Hacienda y Financiación Europea, debidamente, cumplimentado y firmado y sellado por la entidad bancaria (el impreso se adjunta con la solicitud).
  • Presupuesto o Factura del gasto realizado o a realizar con el número de colegiado del médico odontólogo.
  • Certificado de empadronamiento colectivo.
  • Prescripción Facultativa solo en caso de que el presupuesto no lo emita un médico odontólogo colegiado.

Información importante

  • La solicitud (formulario/anexo I) se presentará debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada por la persona solicitante o su representante lega solo en el caso de incapacitación judicial.
  • La autorización para consultar declaración de ingresos en la solicitud debe estar firmada por todas las personas que convivan con el solicitante, incluidos los menores de 16 años, cuya firma será la de los tutores legales (Apartado 5, Criterio N.º 1, Página 4).
  • Se sustituye la notificación personal por una publicación conjunta en la página web de la consejería:

Justificación

En caso de que la subvención sea concedida, la persona beneficiaria deberá aportar la factura para justificar la ayuda.

  • El plazo será hasta el 30 de junio de 2024.
  • En caso de no aportar la factura, se iniciará el expediente de reintegro.

Más información

Si necesita más información sobre esta subvención, puede llamar al siguiente número de teléfono:

Línea 2. Subvenciones para personas con discapacidad

Esta subvención está dirigida a personas discapacitadas para que puedan adquirir, renovar y reparar prótesis y órtesis, así como la preparación de estas.

Cuantías y conceptos subvencionables

Cuantías a recibir:

La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis:

  • Auditiva: Cuantía máxima para:
    • 1 Audífono 600 €
    • 2 Audífonos 1200 €
  • Ocular: Cuantía máxima 400 €
  • Dental: cuantía máxima 600 €
  • La adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo: 6000 €

No serán objeto de subvención aquellos productos de apoyo que se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS, además de los elementos de accesibilidad tales como salva escaleras, plataformas elevadoras y otros elementos de comunicación vertical.

En caso de prótesis habrá que optar por un solo tipo: dental, ocular o auditiva y en caso de productos de apoyo, una sola.

Gastos de desplazamiento

Gastos de desplazamiento: al centro de día, residencial o centro de atención temprana (de 0 a 6 años) hasta un máximo de, 109 €/mes en transporte público o 0,19 €/Km en transporte privado.

Requisitos

Para que los beneficiarios puedan optar por esta subvención tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 33% o más de discapacidad reconocida por el centro de valoración.
  • No superar 1,25 IPREM 2021/ Per Cápita:
    • 706,12 €/mes
    • 9885,75 €/año (14 pagas)
  • Disponer de un presupuesto cierto.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

Documentación a aportar

Los beneficiarios tendrán que aportar 2 tipos de documentación.

Documentación general

  • Fotocopia de Libreta de Ahorro o Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria a nombre del solicitante y en caso de minoría de edad del padre, madre o persona tutora que lo represente y Documento de Mantenimiento de Terceros de Hacienda debidamente cumplimentado y firmado y sellado por la entidad bancaria (el impreso se adjunta con la solicitud).
  • Presupuesto o Factura del gasto realizado o a realizar. En caso de prótesis dental debe figurar el número de colegiado del odontólogo.
  • Certificado de Empadronamiento colectivo.

Documentación específica

  • En el caso de la modalidad de prótesis dental:
    • Prescripción Facultativa solo en caso de que el presupuesto no lo emita un médico odontólogo colegiado.
  • En el caso de Gastos de Desplazamiento: Certificado del Centro al que acude.
  • Para acreditar exclusión social Informe emitido por el Trabajador o Trabajadora Social del Ayuntamiento de su localidad (Servicios Sociales Comunitarios) indicando la situación de exclusión social de la misma.
  • Para acreditar convivencia con mayor de 65 años, aportar fotocopia del DNI del mismo.

Información Importante

  • Una solicitud (Formulario/Anexo I) por cada concepto subvencionable, debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada por la persona solicitante o su representante legal.
  • La autorización para consultar declaración de ingresos en la solicitud debe estar firmada por todas las personas que convivan con el solicitante, incluidos los menores de 16 años, cuya firma será la de los tutores legales (Apartado 5 Criterio N.º 1, Página N.º 4).
  • Se sustituye la notificación personal por una publicación conjunta en la página web de la conserjería.

Justificación

En caso de que la subvención sea concedida, la persona beneficiaria deberá aportar la factura para justificar la ayuda.

El plazo será hasta el 30 de junio de 2024, salvo gastos de desplazamiento que será hasta el 31 de marzo de 2024.

En caso de no aportar la factura, se iniciará expediente de reintegro.

Más información

Si necesita más información sobre esta subvención, puede llamar al siguiente número de teléfono, también queremos recordar que los servicios sociales de la Diputación de Málaga (Asistenta Social) a través de cita previa te pueden ayudar con la subvención.

Documentación a aportar para ambas líneas.

Podrá descargar la documentación necesaria desde los siguientes enlaces:

Lugar y plazo de la presentación de las 2 líneas

Las solicitudes se podrán entregar de las siguientes maneras.

Oficinas de Correos

Dirección de envío certificado:

  • Delegación de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
  • Sección Prestaciones No Periódicas
  • Avda. Manuel Agustín Heredia, 26
  • 29001 Málaga

Registro de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

C/ Manuel Agustín Heredia n.º 26, Bajo. Málaga

Registro de los Ayuntamientos

Registro electrónico de la Junta de Andalucía

Es necesario DNI electrónico y/o Certificado Digital

El plazo de presentación de las solicitudes serán del 30 de junio al 20 de julio de 2023 (Ambos incluidos)