La Junta de Andalucía convoca ayudas para la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales.
Descripción de subvención
Serán subvencionables la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales, así como actuaciones preparatorias para su implantación, siempre que en el presupuesto esté incluido la prótesis y/o órtesis dentales a adquirir, renovar o reparar, a personas mayores de 65 años.
| Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores. |
Plazo de solicitud
- Convocatoria 2021
- Desde el 28/07/2021 a las 00:00:00 al 25/08/2021 a las 23:59:59
Cómo realizar el trámite
Por internet
Presencialmente
En los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2017, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Beneficiarios
Podrán solicitar las subvenciones las siguiente personas o entidades:
- Personas físicas mayores de 65 años con vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Requisitos
- Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento colectivo el último día de plazo de presentación de solicitudes. Tanto para el cálculo de la renta per cápita como para el IPREM, se tomará como referencia el año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.
- Tener cumplidos 65 años el último día de plazo de presentación de solicitudes.
- No haber tenido la condición de beneficiario o beneficiaria definitiva por el mismo concepto en la convocatoria anterior.
- Disponer de un presupuesto cierto
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse desde el último día del plazo de presentación de solicitudes hasta la completa justificación de la subvención concedida
Cuantía subvencionable
La cuantía máxima de la subvención es de 600 euros.
Documentación
De acuerdo con el apartado 15 del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea de subvenciones, la documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II, en caso de que no haya sido aportada junto con la solicitud, será la siguiente:
- Se presentará la documentación acreditativa de la situación económica de todos los miembros de la unidad económica de convivencia correspondiente al ejercicio económico determinado en el apartado 4.a) 2º del presente cuadro resumen, que consistirá en original, certificación o copia compulsada de la última declaración del IRPF de todos sus componentes o, en caso de no estar obligado/s y obligada/s a presentarla, declaración responsable de los ingresos obtenidos en el mencionado ejercicio, informe de la vida laboral, en su caso, junto con el original, certificación o copia compulsada de la/s entidad/es pagadora/s.
- La declaración tributaria o de ingresos podrá ser sustituida por una autorización de cada uno de los miembros de la unidad económica de convivencia al órgano gestor que tramite la subvención, para recabar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria de Andalucía, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Consejería competente en materia de servicios sociales y la Consejería competente en materia de Hacienda, así como a cualquier otro organismo público, la información que proceda.
- El presupuesto o factura del gasto correspondiente a la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales, así como, en su caso, de las actuaciones preparatorias para su implantación.
- La correspondiente prescripción facultativa de la prótesis y órtesis, en el supuesto de que el presupuesto o factura no sea emitida por un/a médico/a odontólogo/a colegiado/a
- Certificado de empadronamiento colectivo en vigor.
- Certificación bancaria acreditativa de la cuenta corriente cuya titularidad corresponda a la persona solicitante, o bien cualquier otro documento que acredite la titularidad de la cuenta corriente.
- Certificación acreditativa de la inactividad laboral o declaración jurada de la misma.
- En su caso, la documentación acreditativa del reconocimiento de una discapacidad en grado igual o superior al 33%, de los miembros de la unidad económica de convivencia con discapacidad, mediante Certificado del Centro de Valoración y Orientación. Dicha documentación podrá ser sustituida por una autorización al órgano gestor sobre la materia.
- En su caso, fotocopia del DNI/NIE de las personas mayores de 65 años que forman parte de la unidad económica de convivencia del solicitante o autorización al órgano gestor para su consulta
Requisitos
De acuerdo con el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea de subvenciones, podrán solicitar las subvenciones las personas físicas mayores de 65 años con vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
a) Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia, todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento colectivo o familiar.
b) Tener cumplidos 65 años el último día del plazo de presentación de solicitudes.
c) No haber obtenido la condición de beneficiario o beneficiaria definitiva por el mismo concepto en la convocatoria anterior.
d) Encontrarse en situación de inactividad laboral.
e) Disponer de un presupuesto cierto